CartaAbierta

“Las descalificaciones no son parte del derecho de réplica”, le dice en carta abierta Artículo 19 a López Obrador

Carta pública al Presidente Andrés Manuel López Obrador

Estimado Presidente Andrés Manuel López Obrador,

Desde el 1 de julio, a lo largo del periodo de transición y durante el primer mes de la toma de posición, ARTICLE 19 ha documentado con preocupación algunas referencias que estigmatizan la labor de la prensa. En él usted habló, como Presidente electo, de una “prensa fifí” que estaba aliada a la “mafia del poder” e incluso calificó a la prensa crítica como tendenciosa o amarillista. Al respecto, ARTICLE 19 emitió un comunicado instando a su gobierno a ser tolerante a la crítica y el mes pasado publicó las Pautas para garantizar la libertad de expresión, basadas en los mas altos estándares internacionales en la materia.

A pesar de esto, ahora como Presidente constitucional se refirió a Reforma como uno que difunde “información falsa y equivocada”, “información sensacionalista, no apegada a la realidad”, en respuesta a una nota publicada por el medio el 2 de enero titulada “Crecen ejecuciones con AMLO en 65%”.

Cabe recordar que las descalificaciones y estigmatizaciones constantes hacia medios de comunicación o periodistas, como ha señalado la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), generan un clima que impide una deliberación razonable y plural sobre todos los asuntos públicos y, en un contexto de violencia como el nuestro, incrementa la vulnerabilidad de las y los periodistas.

En este sentido es importante advertir que las descalificaciones no son parte del derecho de réplica. Dicho derecho no entraña descalificar o estigmatizar a quien tiene un discurso contrario, sino que atiende a la necesidad de conocer las distintas versiones de los hechos del protagonista de una nota periodística. La réplica no debe restringir o inhibir la libertad de expresión, sino complementar y permitir a la ciudadanía hacerse de una idea propia a partir de diversas visiones.

Además al ejercer el derecho de réplica debe atenderse al carácter de quién lo hace. No tiene las mismas implicaciones y alcances para un ciudadano o una ciudadana común que para un alto funcionario del Estado, quien cuenta con todos los medios a su alcance para hacerlo de manera prudente y razonable, sin un afán de inhibir la cobertura controversial o las opiniones críticas.

En el caso concreto del medio Reforma, es importante aclarar que si bien es cierto que el Ejecutivo puede ejercer su derecho de réplica y que sin duda esto enriquece el debate público, también es deber del Estado dar, de manera proactiva, información sobre temas de seguridad pública y de otros temas de interés público. Esto garantizará el derecho de acceso a la información de la sociedad y contribuirá a un debate plural a partir de una diversidad de fuentes.

Además, es importante recordar que de acuerdo a los Principios de Libertad de Expresión de la misma CIDH, el nivel de veracidad exigible a los medios es menor que el que deben tener los funcionarios públicos. Los condicionamientos de verdad, oportunidad o imparcialidad que deben primar en el actuar de los Estados y sus funcionarios, son incompatibles con la libertad de expresión de medios de comunicación y particulares, puesto que la “garantía de corrección de la información puede ser fuente de grandes abusos y violaría el derecho a la información que tiene la sociedad.

Ello no quiere decir que la veracidad no sea exigible a los medios de comunicación y periodistas, pero recae en un ámbito de ética profesional que le toca juzgar a las audiencias al momento de optar por las diversas ofertas informativas. Solamente en casos extremos de violación de otros derechos, y través de cauces legales y procedimientos previamente establecidos, la veracidad puede ser un criterio para calificar la licitud de una publicación. De ninguna manera puede ser un instrumento de censura por parte del Estado.

ARTICLE 19 confía en la defensa que su gobierno hará para que todas y todos estemos mejor informados, con la finalidad de que haya información plural, objetiva e independiente.

Por esto, ARTICLE 19 recuerda que tanto el derecho a la información como el derecho a la libertad de expresión van de la mano. Ambos derechos son herramientas para el fortalecimiento de las democracias, permiten el reclamo de exigencias y conocer lo que pasa a nuestro alrededor. A su vez, la libre manifestación de ideas ha facilitado la identificación de proyectos comunes y con ello su materialización. Al respecto es importante recalcar que todo discurso – incluso los que resulten chocantes, estridentes, cáusticos- deben estar inicialmente protegidos por la libertad de expresión, y siempre tendrá preponderancia ante otro derecho cuando se trate de información de interés público. En todo caso, el ejercicio de este medular derecho, puede estar sujeto a responsabilidades ulteriores.

Asimismo, cabe recalcar que la protección de la libertad de expresión tiene un sistema dual, que permite gradualidad en la tolerancia de discursos chocantes que pudieran resultar molestos para los funcionarios públicos, precisamente en virtud del interés público de sus actividades. Así, quienes detentan el poder público y quienes se ponen de manera voluntaria en el foco público, deben tener mayor tolerancia a tales discursos precisamente por quedar sujetos al escrutinio.

En este sentido ARTICLE 19 recuerda que es responsabilidad de los Estados contribuir a generar un clima de mayor tolerancia y respeto por las ideas ajenas, incluso cuando las mismas resulten ofensivas o perturbadoras. No debe perderse de vista que México es hoy uno de los países más peligrosos para ejercer el periodismo. Tan sólo en 2018, ARTICLE 19 documentó 9 asesinatos a periodistas en razón de su labor informativa.

Esta crisis de violencia que enfrentan las y los periodistas en México debe detonar posturas públicas de altos funcionarios del Estado dirigidas a reconocer la importancia de esta labor en la construcción de una sociedad democrática. En caso de controversia, los funcionarios de gobierno deben replicar con argumentos y pruebas, no con descalificaciones y estigmatizaciones que pongan en mayor riesgo la labor periodística y que inhiban el debate social sobre el ejercicio del poder público.

Por esto Señor Presidente, lo instamos de manera respetuosa a adoptar un discurso público favorable a la libertad de expresión y que contribuya a prevenir cualquier tipo de violencia contra quienes ejercen el periodismo. El proyecto político que encabeza requiere de la mayor pluralidad de voces, sumar a más actores, no restar ni excluir a quienes puedan incomodarlo. Esa es premisa fundamental para avanzar a una de verdadera democracia.

Por lo anterior hacemos un llamado para que se abstenga de hacer declaraciones que inhiban la discusión pública sobre su gobierno, y más bien se provoque un debate abierto, incluyente, crítico y plural. En congruencia con ello, es urgente que su gobierno adopte una política pública integral que garantice la protección de cientos de periodistas víctimas de agresiones en razón de su ejercicio.

Estamos seguros y seguras que mediante un diálogo permanente se podrán atender las graves problemáticas que aquejan el ejercicio de la libertad de expresión en México.

Atentamente,

ARTICLE 19, Oficina Regional para México y Centroamérica.