SCJN

Recolectan firmas en Cancún para pedir que la SCJN frene el ‘Plan B’ de la reforma electoral

 

AGENCIA SIM

 

Cancún.- Esta mañana, gran parte de las 2 mil 500 personas que se congregaron frente al Palacio Municipal de Cancún se sumaron a la recolección de firmas que se lleva a cabo a nivel nacional para pedirle a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que considere inconstitucional el “Plan B” de la reforma electoral, recién aprobado en el Senado de la República.

En hojas, los asistentes estamparon su nombre y su dirección, todo ello organizado por voluntarios, como la señora Inés Martínez del Río, quien, en entrevista, informó que estas firmas se sumarán a las que, paralelamente, se juntaron en las marchas realizadas en el resto del país.

“Estas firmas son para que sepa la Corte que no estamos de acuerdo con el ‘Plan B’, y lo que queremos pedirles es que no dejen que pase esta ley y todo lo que quieren hacerle al INE, porque se perdería la democracia”, agregó.

Asimismo, la también manifestante indicó que será en el transcurso de la semana, “o mañana mismo, tal vez”, cuando estas firmas sean ordenadas y finalmente procesadas para ser presentadas ante la SCJN.

 

OTRA VÍA PARA FRENAR ‘PLAN B’

En ese mismo contexto, Mayuli Martinez Simón, senadora del PAN, aseguró que su partido y sus aliados presentarán en breve un recurso de acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Hoy como quintanarroense estoy aquí, pero como senadora vamos a presentar las demandas, las acciones de inconstitucionalidad, porque nos vamos a ir a la Corte, y esperamos que ella nos dé, en esta última instancia, ese salvavidas que necesita México”, destacó, en breve entrevista.

Asimismo, señaló que ella, desde su escaño, votó siempre en contra de la propuesta original y luego por el “Plan B” de la misma, el cual calificó de “una atrocidad” y un atentado a la democracia.

“Como senadora de la república votamos en contra de esta Reforma Electoral, en contra del ‘Plan B’, porque lo que hizo Andrés Manuel [López Obrador] fue llegar a la presidencia de la república, subir a la escalerita, subir al peldaño, y tirar la escalera para que nadie más suba”, aseveró, finalmente.

Colectivo Feminista expone ante SCJN caso de presunta corrupción de la magistrada Verónica Acacio en agravio de Catalina Castro

 

AGENCIA SIM

Cancún.- Este lunes, la Red de Víctimas Quintanarroense hizo entrega de un oficio en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dirigido al ministro presidente, Arturo Zaldívar, en el que exponen el caso de Catalina Castro, ex esposa de Sergio León Cervantes, empresario acusado de maltrato, y con quien está en disputa la guardia y custodia de sus dos hijos menores de edad.
De acuerdo con el colectivo, el motivo de esta acción, entre otras cosas, es enterar a la SCJN del presunto influyentismo y corrupción en el que ha caído la magistrada Verónica Acacio, del Tribual Superior de Justicia del Estado, para proteger al ex líder de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), a quien representa el despacho de abogados de su propiedad.
“Hacemos mención de un caso emblemático, de la víctima de nombre Catalina Castro Meneses, quien hace unos días por parte de la XVI Legislatura del estado de Quintana Roo fue notificada del desechamiento del juicio político en contra de una magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Quintana Roo, de nombre, Verónica Acacio, quien ha hecho influyentismo, actos de corrupción y tráfico de influencias en el caso en materia familiar donde se disputa la guardia y custodia de sus menores hijos”, expresa una de las representantes del colectivo en un video grabado afuera de la SCJN y difundo en redes sociales.
Añadió que el oficio va acompañado de una breve relatoría de todos los hechos de impunidad que ha vivido
Catalina Castro, además de detallar el número de amparos de las madres que sufren violencia vicaria en el estado de Quintana Roo.
“No podemos guardar silencio, no podemos dejar que sigan disfrutando de la comodidad de nuestro silencio, es por eso que a todas las madres del estado de Quintana Roo que sufran, que sean víctimas de violencia vicaria o de cualquier tipo de violencia de género, las estamos invitando a que por favor envíen un inbox a la página Red de Víctimas Quintanarroense”, señala en otra parte del video.

 

 

Falla SCJN en contra de Quintana Roo, en controversia territorial

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Cancún.- La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación falló a favor de Yucatán en la controversia constitucional impuesta por ese estado, en contra de Quintana Roo, que fijó constitucionalmente el punto PUT, y por ende sus límites, en lo que considera su territorio.

Lo anterior, al desechar de forma unánime el Recurso de Reclamación 165/2019, promovido por el estado de Quintana Roo, el cual fue calificado como infundado e inoperante.
El recurso había sido ingresado por los tres poderes del Estado, como contestación a la Controversia Constitucional 226/2019, ingresada por Yucatán, en inconformidad por los límites territoriales señalados en la constitución quintanarroense.

Cabe destacar que ambos estados, al igual que Campeche, marcan lugares distintos para el Punto de Unión Territorial (PUT). La constitución de Quintana Roo históricamente siempre ha marcado el mismo lugar; sin embargo, la Legislatura anterior del Congreso del Estado cambió la descripción del lugar, para fijarla más precisa, con base en un nuevo labor de geolocalización.
Aunque el lugar fijado era el mismo que figuraba en el documento antes, Yucatán se inconformó, y según autoridades de ese estado, su recurso fue admitido por la Suprema Corte, no así el de Quintana Roo.

Esto significa que deben suspenderse los actos impugnados; lo que significaría que Quintana Roo no debiera tratar ese terreno como propio.
“Me da mucho gusto informarles que la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó esta tarde la reclamación que interpuso QuintanaRoo sobre los límites del territorio de Yucatán. Los yucatecos logramos defender nuestro territorio gracias al trabajo coordinado de todos los Poderes de gobierno”, escribió en su cuenta de Facebook el gobernador yucateco, Mauricio Vila.
Cabe destacar que Campeche también se sumó a la queja, como tercero interesado.

Presenta renuncia Medina Mora como Ministro de la SCJN

Eduardo Murillo / Notimex
Foto: La Jornada
La Jornada Maya

Ciudad de México
Jueves 3 de octubre, 2019

Fuentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmaron la renuncia del ministro Eduardo Medina Mora Icaza, junto con todos los miembros de su ponencia.

Esta renuncia ocurre semanas después de que el ministro tuvo que salir a responder sobre las versiones de que estaba bajo investigación del Departamento del Tesoro estadunidense y de la Agencia Nacional de Crimen del Reino Unido por “actividad sospechosa” detectada en cuentas bancarias a su nombre por 103 millones de pesos.

Esta tarde el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, se reúne con el presidente Andrés Manuel López Obrador en Palacio Nacional.

La última decisión del ministro Medina Mora antes de su renuncia fue la de suspender las sanciones en contra del gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez por la acusación de desvío del erario para utilizarlos en su campaña para la presidencia de la república.

Medina-Mora ingresó al alto tribunal en marzo de 2015 y su periodo vencería en 2030 y su dimisión es un hecho inédito desde la reforma constitucional de 1994, que conformó la SCJN actual.

De acuerdo con el Artículo 98 de la Constitución, las renuncias de los ministros de la Corte proceden por causas graves y una vez presentadas se someten para su aceptación al presidente de la República, quien en caso de aceptarla, la envía al Senado para su aprobación.

Fuente

Acepta SCJN controversia constitucional por mando único “de facto” en Solidaridad

Playa del Carmen.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación aceptó el recurso de controversia constitucional interpuesto por el Ayuntamiento de Solidaridad en contra del Poder Ejecutivo del Estado, por haber tomado el control de la Dirección de Seguridad Pública. Ahora toca a la parte demandada contestar en un plazo de 30 días, debiendo entregar todos los antecedentes del caso.
Se trata de la controversia constitucional con número de expediente 216/2019, publicado hoy en estrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El recurso fue ingresado el pasado 7 de junio, 24 días después que la Secretaría de Seguridad Pública estatal, encabezada por Alberto Capella, haya tomado el mando de la Policía Municipal.
Como corresponde en estos casos, el recurso fue presentado por el síndico municipal, Omar Sánchez Cutis, quien extraoficialmente se comentaba que no quería firmar este documento, que fue entregado acompañado de diversos documentales.
“Se tiene como demandado en este procedimiento constitucional al Poder Ejecutivo de Quintana Roo, el cual debe comparecer por conducto de su representante legal y, en su caso, dictar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la resolución que se emita en este asunto”, se indica en la notificación.
Toca al Gobierno del Estado contestar a este recurso dentro de 30 días hábiles, además de deber remitir todos los antecedentes y documentales relacionados con el caso.
También se instruyó a la Fiscalía General de la República (FGR) y a la Consejería Jurídica del Gobierno Federal que manifiesten su parecer.
El pasado 14 de mayo, salió publicado en el Periódico Oficial un decreto, supuestamente firmado la noche anterior, por el cual el Ejecutivo tomaba el control de la Dirección de Seguridad Pública de Solidaridad, algo que fue efectuado esa misma noche, instalándose un “mando único” de facto.
La intervención fue justificada por un supuesto aumento en los índices delictivos, situación “de emergencia” con lo que se asumió la seguridad “con carácter excepcional, limitado y estrictamente temporal”.

El decreto es hasta el 10 de septiembre, aunque según explicó Capella Ibarra, pueden emitir otros para prolongar este plazo, colocado únicamente por consideraciones legales.
El gobierno municipal consideró esta acción unilateral como un atropello de su autonomía, sin precedentes en la historia local, y con base en datos estadísticos que resultan estar falseados.
El traslado de mando ocurrió de forma pacífica y sin sobresaltos y la Policía Municipal ha continuado su operación sin novedad. El director de Seguridad Pública, Martín Estrada, continúa al frente de la corporación e incluso acudió a la supuesta bodega de campaña del PAN, en donde los policías permitieron la salida de los operadores retenidos, ante la mirada atónita de los inconformes allí reunidos.
De acuerdo a declaraciones de Capella Ibarra hechas ayer, desde la entrada de este mando único por decreto, hace tres semanas, los homicidios han disminuido un 50%, aunque ese mismo día dos personas murieron ejecutadas en hechos distintos.

15 días da SCJN a SEQ para reinstalar a 21 maestros

Por Guillermo Miranda
Chetumal.- El pasado 8 de marzo el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emplazó al Tribunal de Conciliación y Arbitraje de Quintana Roo, para que verifique que en 15 días se cumpla la sentencia ejecutoria de reinstalación de 21 maestros cesados por la aplicación de la reforma educativa de Peña Nieto.
De acuerdo a la sentencia emitida en el amaro directo en materia laboral 110/2018 con referencia al juicio laboral DIT-025/2016 el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito ordena al Tribunal de Conciliación y Arbitraje que se cumpla la sentencia y que la Secretaría de Educación de la entidad informe en un plazo no mayor de 15 días sobre el proceso de reinstalación de los 21 docentes que en 2016 fueron despedidos.
De no acatar la resolución y hacer caso omiso, en la misma misiva el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito señala una serie de sanciones que puede imponer a la SEQ y a la titular de la misma, Ana Isabel Vázquez Jiménez, si en un plazo no mayor de 15 días informa puntualmente sobre el cumplimiento de la sentencia emitida en el amparo laboral cuya resolución quedó firme el pasado 20 de febrero de 2018.
Esta orden del Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito se da debido a que en la resolución del 15 de abril de 2018, que los primeros seis maestros lograron su resolución al ganar su respectivo juicio de amparo laboral hasta la fecha no han sido reinstalados, ni les han pagado sus salarios caídos y las respectivas cuotas al ISSSTE para conservar sus derechos, prestaciones y servicios.
De acuerdo a los documentos en poder de Noticias Chetumal, nuevamente la SEQ tiene que acatar esta sentencia emitida en el amaro directo en materia laboral 110/2018 con referencia al juicio laboral DIT-025/2016.
Como se recordará pasado 26 de febrero el Tribunal Colegiado de Distrito en la sentencia al juicio por inejecución de sentencia apruebó el proyecto de separación del cargo de la titular de los Servicios Educativos de Quintana Roo, Ana Isabel Vázquez Jiménez, así como de otros tres funcionarios más por no haber reinstalado en tiempo y forma a los primeros 6 maestros cesados por la Reforma Educativa y que ganaron el amparo de la Justicia Federal.
El motivo es muy claro no dieron cumplimiento las actuales autoridades al Juicio de Amparo 144/2016 e hicieron caso omiso a la sentencia del incidente de inejecución de sentencia promovido bajo el número 24/2018, cuando desde abril de ese año se ordenó a la autoridad educativa dejar sin efecto la aplicación de la reforma educativa, lo que indica que los maestros debieron ser reinstalados frente a grupo, con sus mismas claves presupuestales, en la misma escuela donde laboraban al momento de su separación y además el pago de los salarios caídos y prestaciones, así como su reincorporación al ISSSTE sin perder ningún día de antigüedad.
Ahora los actores demandantes, 21 maestros y sus abogados solicitaron al Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, de acuerdo a su derecho procesal, vigile que se dé cabal cumplimiento a la sentencia emitida en el amaro directo en materia laboral 110/2018 con referencia al juicio laboral DIT-025/2016, en donde se ordena la reinstalación y por ende el pago de los salarios caídos y demás prestaciones de ley que les fueron negadas a los docentes durante todo este proceso legal que enfrentaron al aplicarles indebidamente la reforma educativa de Peña Nieto.

Yasmín Esquivel de Riobóo, nueva ministra de la SCJN

México, 12 mar.- Con 20 votos en contra y con PAN y PRD doblegados, Yasmín Esquivel, esposa del empresario José María Riobóo, contratista del presidente Andrés Manuel López Obrador, rindió protesta, esta tarde ante el pleno del Senado de la República, como nueva ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Caso Tajamar, aún no está dicha la última palabra, falta la SCJN: obispo Elizondo Cárdenas

Por Abraham Gorostieta

Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo.- “La última palabra la tiene la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, dice tajante Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, obispo de Quintana Roo, ante la cancelación irrevocable de que el proyecto de Malecón Tajamar esta cancelado como lo hizo saber la magistrada del Tercer Tribunal Colegiado de Justicia, del Vigésimo Séptimo Circuito con sede en Cancún, Selina Haidé Avante Juárez.
“No se puede secuestrar lo que nos pertenece a todos y así ellos lo han hecho, estás personas. A lo mejor ellos tienen derecho a hacer declaraciones, a hacer demandas pero también los ciudadanos tenemos derecho a disfrutar Malecón Tajamar y los empresarios tienen derecho a reclamar algo que es de todos, que es para el esparcimiento, para el disfrute de todos, como cualquier parte del territorio de México”, dice muy molesto el obispo de Quintana Roo.
“Quieren quitarle a los ciudadanos algo que es de todos, que es para disfrutar, para el esparcimiento, donde se pueda convivir con la familia y hacer deportes y disfrutar una ventana al mar”, dice muy convencido el obispo. Su voz es grave, un poco ronca, pero adquiere nuevos matices de grosor cuando escucha el nombre de la ecologista Katerine Ender.
“Mi opinión sobre ella es como la de todos los empresarios, y la misma opinión con toda la gente con quien yo hablo, ella es una persona que no puede secuestrar algo que le pertenece a todos. En ese sentido, a eso se le llama secuestro”.
Para el obispo de Quintana Roo, la lucha que ha llevado a cabo la ecologista en el Malecón de Tajamar está errada, pues según él, “ella no tiene ningún derecho de secuestrar algo que le pertenece a los cancunenses”. Para el obispo es claro quien tiene derecho a decir algo: “los que han comprado con un contrato, con un convenio para desarrollarlo, ellos son los autorizados para hablar y no ella. ¿Qué necesidad hay de detener inversiones? Esto no sucede en otros países, en otros municipios, por ejemplo, esto no sucede en Playa del Carmen, donde se estimula la inversión”.
Y es enfático: “El derecho sobre Tajamar le pertenece a quién lo compró, le pertenece a quién pagó por ello, le pertenece a quién hizo un convenio para mejorarlo, para invertir su dinero”. Y nuevamente pone el ejemplo de Playa del Carmen y dice que en este destino turístico hay empresarios que están invirtiendo su dinero y que están desarrollando Playa del Carmen y lo estan haciendo un lugar atractivo para el turismo. Hacen todo esto porque se respeta el Estado de Derecho.
Uno de los planes de la Iglesia dentro del proyecto de Malecón Tajamar era construir una Basílica, pues además de ser un centro de reunión de sus fieles sería un atractivo y punto de encuentro para el turismo religioso, de bodas y eventos, además de que se ofrecerían distintos servicios a los visitantes extranjeros como las confesiones en más de cuatro idiomas.
Para el obispo Elizondo Cárdenas eso queda “en espera” y explica: “así como están todos los empresarios, están esperando a ver qué pasa con sus proyectos”. Elizondo Cárdenas dice que la construcción de la Basílica no debe ser vista como un negocio, sino como “un proyecto de la Iglesia, un lugar donde se hace por la humanidad, donde se fomentan los valores, la unidad familiar, la armonía. La sociedad de Cancún necesita espacios así para salir de todo el marasmo de violencia en el que está hundida. Crear lugares para la reflexión y que sea un lugar para el arraigo. No es un negocio. No es para lucrar sino para beneficiar a la sociedad”.

Falla la SCJN a favor de niños en caso Tajamar

 

AGENCIA SIM

Cancún.- Los 113 niños que se ampararon en contra del desarrollo en Tajamar tienen interés jurídico, pues tienen derecho a un medio ambiente sano, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hoy, al revocar el sobreseimiento de este recurso por el Cuarto Juzgado de Distrito.
El único requisito es que los menores tendrán que demostrar su residencia en Cancún, algo que no será problema pues la mayoría incluso nació en esta ciudad, explicó Araceli Domínguez Rodríguez, presidenta del Grupo Ecologista del Mayab (Gema), quien ha llevado este litigio hasta las últimas instancias.


Cabe destacar que el permiso ambiental expedido por la Semarnat sobre Tajamar ya fue revocado por decisión del Tribunal Colegiado y la acción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue atraer únicamente el interés jurídico de los niños a un medio ambiente sano.
Por un lado, esto significa que no existe manera que pueda reactivarse Tajamar, al ni siquiera estar en tela de juicio esta decisión, y quedar rechazada la posibilidad de continuar con el caso a otra instancia.
“Engañaron a la opinión pública los empresarios que afirmaron que la Suprema Corte había atraído el caso para revisar la revocación; eso nunca estuvo en juego”, declaró la ambientalista.
Por otro lado, al darle la razón la SCJN a los menores, se sienta un importante precedente, a nivel nacional, para que niños puedan inconformarse contra situaciones que vulneren su derecho a un medio ambiente sano, tal como se plasma en el Artículo 4 Constitucional.

SIGUIENTES PASOS
Para la presidenta de Gema, lo siguiente será recibir la notificación de la sentencia para presentar los comprobantes de residencia y esperar un dictamen, que tendría que ser en el mismo sentido que el ya otorgado por el Tribunal Colegiado.
“Al no ser posible revivir este proyecto, toca únicamente a la Semarnat resarcir los daños, ya que se comprobó que otorgaron una autorización ambiental ilegal”, alegó la ambientalista.
En cuanto a los inversionistas que compraron lotes en Tajamar, tendrán que arreglar ese problema con Fonatur, que debería devolverles su dinero o bien entregarles otra propiedad.
Cabe aclarar que este litigio deriva de la devastación ecológica ocurrida en 2015, sin consideración hacia los demás procesos e incluso demandas penales interpuestas con posterioridad y que continúan vigentes.

Artículo 19 gana amparo: SCJN obliga a regular publicidad oficial en prensa

??? #UltimoMinuto La Primera Sala de la @SCJN vota a favor de ordenar al Legislativo regular la publicidad oficial. Día histórico para la democracia mexicana y la relación entre los medios de comunicación y los poderes públicos. ??????#MiLanaNoEsMordaza: Fundar Mexico

Articulo 19 tiene una victoria contundente. La Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Poder Legislativo regular la publicidad oficial, con lo que políticos, partidos y funcionarios deberán de dejar lucir su imagen a costa del dinero público.

En una sentencia sin precedentes, Corte ampara a Artículo 19 y ordena regular publicidad oficial; “medios afines al Gobierno se beneficiaban”: Revolución Punto Cero.

¡@article19mex gana amparo histórico! ⚡️ Ahora la @SCJN ordena al Poder Legislativo que regule la publicidad oficial. El Popular

 

México, 15 de noviembre/Notimex. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión expedir antes del 30 de abril de 2018 una ley con la que se regule el gasto en publicidad oficial.

El Ministro resaltó que es un parteaguas en la defensa de los derechos humanos

Durante la sesión de este miércoles, el pleno de la Primera Sala del alto tribunal concedió, por mayoría, el amparo a efecto de que el Congreso de la Unión emita una ley al respecto, y con ello cumpla con la obligación establecida en la reforma constitucional de 10 de febrero de 2014.

En dicha reforma se estableció que antes del 30 de abril de 2014 el Congreso de la Unión debía expedir la legislación en materia de publicidad oficial, lo que hasta ahora no ha ocurrido.

Por esa razón, la organización no gubernamental Artículo 19, con presencia internacional, que defiende la libertad de expresión, promovió un amparo contra la omisión del Congreso de dar cumplimiento al mandato constitucional.

Al respecto el ministro Arturo Saldívar subrayó que esta decisión es histórica porque “es la primera vez que en nuestro país, a través de un juicio de amparo, la Suprema Corte ordena al Poder Legislativo que emita una legislación a la que está obligado en términos de la Constitución”.

En entrevista, el Ministro resaltó que es un parteaguas en la defensa de los derechos humanos de toda la ciudadanía, ya que por primera vez hay un medio al alcance de los ciudadanos para obligar a los poderes legislativos a que cumplan con la carta magna.

Indicó que, por lo anterior, la Primera Sala de la Suprema Corte, a propuesta del ministro Arturo Zaldívar, ordenó al Congreso de la Unión expedir una ley en la que se regule el gasto en publicidad oficial antes del 30 de abril de 2018.

De acuerdo con los antecedentes del caso, un juez de Distrito que conoció de la demanda decidió no entrar al estudio del mismo, ya que estimó que se trataba de un asunto sobre materia electoral.

Además porque de ordenarse legislar se beneficiaría a todos los ciudadanos, lo que resultaría contrario al principio de relatividad por el que las sentencias de amparo sólo deben beneficiar a quien promovió el juicio.

En consecuencia, la organización civil Artículo 19 combatió esa sentencia y la Primera Sala de la Suprema Corte atrajo el asunto, y el ministro Arturo Zaldívar propuso que se podía estudiar a través del juicio de amparo.

Para llegar a esa conclusión, argumentó que a través del amparo se pueden proteger derechos fundamentales de naturaleza colectiva o difusa, como los de educación, vivienda y salud, entre otros.

Estos derechos, al no ser estrictamente individuales, involucran a más personas por lo que sería imposible protegerlos sin beneficiar a personas ajenas al juicio.

En ese sentido, la sentencia consideró que se debía reinterpretar el principio de relatividad para que sea compatible con el fin del juicio de amparo, que es la protección de todos los derechos fundamentales.

Igualmente se precisó que todas las autoridades tienen la obligación de respetar la Constitución, de tal manera que cuando existe un mandato constitucional el Poder Legislativo no es libre para decidir no legislar, sino que puede ser obligado a ello por los tribunales de amparo.

Lo anterior porque éstos tienen facultades para analizar la constitucionalidad tanto de las leyes como de las omisiones, y ordenar la restitución de los derechos de los quejosos cuando éstos son violados.

La sentencia determinó que la omisión de expedir la ley señalada viola la libertad de expresión, de prensa y de información. Este derecho requiere de medios de comunicación libres, que transmitan a los ciudadanos opiniones de todo tipo.

Además señaló que la ausencia de regulación de la publicidad oficial propicia un ejercicio arbitrario del presupuesto en comunicación social, con lo que indirectamente se restringe la libertad de expresión.