IEQROO sanciona a Roberto Palazuelos por proclamarse anticipadamente como candidato y gobernador de Quintana Roo

Chetumal.- El Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) determinó sanciones contra Roberto Palazuelos por incurrir en violaciones a la ley electoral con actos anticipados de campaña.

La determinación de la máxima autoridad electoral deriva en resolución a la queja interpuesta el pasado 4 de febrero ante la Oficialía electoral y de Partes en contra de Roberto Palazuelos por posibles hechos constitutivos de actos anticipados de campaña a través de redes sociales y espectaculares donde se proclama como candidato y gobernador de Quintana Roo.

Tras el análisis de la queja y los datos de prueba presentados el Consejo General del IEQROO ordenó, como medida cautelar, a Roberto Palazuelos eliminar en un plazo de 24 horas todas las publicaciones de internet que incurran en la violación de la ley electoral, así mismo, le exige abstener a realizar publicaciones que constituyan actos de campaña y propaganda electoral en redes sociales como Facebook, Twitter y otros.

Al respecto el dirigente estatal de Morena, Humberto Aldana Navarro, emitió un comunicado en el que manifestó que espera que el Instituto Electoral actúe con rigor y total apegó al Código de Procedimientos Electorales ante este tipo de violaciones por parte de Roberto Palazuelos.

“En Quintana Roo, Morena espera que la autoridad electoral local actúe con rigor ante estos y cualquier otro acto violatorio al Código de Procedimientos Electorales vigente por acciones que presuponen autopromoción anticipada. Sabemos que el Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), ya tomo medidas cautelares por estas anomalías de la utilización de redes sociales y medios digitales para promocionarse, pero más allá de eso, se espera que se tomen las mismas medidas en cuanto los espectaculares”, expresó.

Aldana Navarro argumentó que en recorridos a lo largo del estado han detectado diversas expresiones publicitarias del precandidato de MC, tanto en espectaculares en las carreteras como en supermercados, “lo que sugiere un gasto extraordinario”, refirió.

La ley es clara, en el artículo 226, inciso 5 de la ley electoral indica “Que queda prohibido a los precandidatos a candidaturas a cargo de elección popular, en todo tiempo, la contratación o adquisición de propaganda o cualquier otra forma de promoción personal en radio y televisión. La violación a esta norma se sancionará con la negativa de registro como precandidato o en su caso, con la cancelación de dicho registro”.

Humberto Aldana concluyó manifestando que es raro que la autoridad electoral solamente haya determinado eliminar la publicidad en redes sociales cuando es evidente todo el material y servicios prohibidos que ha contratado Palazuelos para su precampaña.

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