*Con el objetivo de mitigar las emisiones y lograr un territorio mejor adaptado a los potenciales impactos del cambio climático
*Para garantizar el derecho humano a un medioambiente sano mediante la formulación, conducción y evaluación de la política estatal de cambio climático
Chetumal.- El Poder Ejecutivo de Quintana Roo encabezado por Carlos Joaquín publicó en el Periódico Oficial este 30 de junio el decreto 254, por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Acción de Cambio Climático en el estado de Quintana Roo.
El secretario de Ecología y Medio Ambiente Efraín Villanueva Arcos especificó que las reformas tienen como objeto mitigar las emisiones y lograr un territorio mejor adaptado a los potenciales impactos del cambio climático, estableciendo el marco para la planeación y la ejecución de las políticas de adaptación, de acuerdo con el conocimiento científico existente. Así como garantizar el derecho humano a un medioambiente sano mediante la formulación, conducción y evaluación de la política estatal en materia de cambio climático.
Regular las acciones para un desarrollo bajo en emisiones de gases de efecto invernadero, a fin de alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de los mismos, y promover la transición hacia una economía competitiva, sustentable y un desarrollo bajo en carbono; y educir la vulnerabilidad de la población y los y de los ecosistemas del Estado, así como aumentar la resiliencia a los efectos adversos del cambio climático.
Establecer la competencia del Estado y de los Municipios en la elaboración y aplicación de políticas públicas para la adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero, así como la coordinación que tendrán con la federación en el cumplimiento de acciones relativas a la atención del cambio climático.
Graciela Saldaña subsecretaria de Política Ambiental de la SEMA explicó que la interpretación de esta Ley serán reconocidos e incorporados para efectos de las actuaciones del Estado y Municipios, convenciones, acuerdos e instrumentos nacionales o internacionales en materia de cambio climático, en derechos humanos y justicia ambiental, en lo no previsto en dicha Ley se aplicará la Ley General de Cambio Climático y todas las demás normas estatales o municipales relativas a la materia de esta ley. Fortaleciendo las acciones en cumplimiento de los metas establecidas en los acuerdos internacionales y fortalecerlas en los municipios.