Correo de la selva: ¿Se quedó Tirso sin sanción o siguen vigentes los del Teqroo?

/

 

 

Por Braulio Poot

 

Puerto Morelos.- Tres meses después de haberse iniciado el juicio electoral en contra del ex candidato a la presidencia municipal de Puerto Morelos por el partido Fuerza por México, Tirso Esquivel Avila, y que fue promovido por el partido Redes Sociales Progresistas, la Sala Regional Xalapa del TEPJF determinó ayer la

existencia de las conductas denunciadas que le fueron

atribuidas al denunciado, en materia de propaganda electoral.

 

Cabe señalar que el pasado 6 de julio, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) impuso una sanción de aproximadamente 22 mil 500 pesos por violentar la ley en materia electoral, específicamente por la exposición de tres mujeres bajo estereotipos de género que atentaron contra su dignidad, en actos de proselitismo (caminatas), la entrega de propaganda utilitaria (pelotas) que no cumplen con la normativa electoral destinada a la protección del ambiente; y la entrega y oferta de bienes de manera directa al electorado (pelotas, piñatas, dulces y oferta de trabajo en el Ayuntamiento de Puerto Morelos, Quintana Roo).

 

Ante la resolución de la máxima instancia jurisdiccional electoral del estado, Tirso Esquivel solicitó a la Sala Regional Xalapa su intervención en el caso para que lo recalificará.

 

Tras el análisis del proyecto de queja, la Sala Regional Xalapa concluyó que si bien fue correcto que el TEQRoo

determinara que el actor infringió la normativa electoral

al realizar propaganda electoral a partir de la

publicación de imágenes y videos con sustento en un

estereotipo de género como lo es la exposición de

mujeres como atractivo visual, lo cierto es que fue

excesivo al determinar oficiosamente una afectación a

derechos de terceros, porque conforme el marco

normativo, lo único que se tutela en casos como estos,

es que no se reproduzcan estereotipos de género en el

contenido de la propaganda electoral.

 

La instancia argumentó que no es posible calificar los actos señalados como una afectación a las mujeres ya que de haberlo hecho se estaría violando el derecho al libre desarollo de la personalidad pues cada quien decide cómo ir vestido a un evento, la falta de Esquivel Avila fue difundir las imágenes como propaganda electoral, puntualizó la Magistrada Eva Barrientos.

 

Por lo tanto, el TEPJF modificó la sentencia del TEQROO y le solicitó ajustar la sanción para Tirso Esquivel.

 

En conclusión, el ex candidato si tendrá una sanción por parte de la instancia electoral. Lo que falta determinar es si se mantiene la multa impuesta en un principio, disminuye o en su caso, se aumenta o se le aplica una sanción diferente.

 

Ayer por la noche al tener conocimiento de la resolución de la Sala Regional Xalapa del TEPJF, Tirso Esquivel publicó un vídeo en el que afirmaba haber resultado inocente de los hechos que se le acusaban y que no sería penalizado. Sin embargo, debe esperar la nueva resolución del TEQROO.

Dejar un comentario

Your email address will not be published.

Artículo Anterior

Quintana Roo, de los primeros estados del país en tener una plataforma para mitigar contagios por covid en escuelas

Próxima Artículo

Cancún registra 13 ejecutados en lo que va de Septiembre

Ultimo momento Noticias