Fiscalía de Yucatan señalada de acoso judicial contra periodista Feliz Bigman y Maru Lujan

 

 

Ciudad de México.- De acuerdo a ARTICLE 19, la Fiscalía General del Estado de Yucatan ha criminalizado el ejercicio de la libertad de expresión y la labor periodística de periodistas de Yucatán, en favor de la ex funcionaria Leticia Noemi del Socorro García.

 

El 6 de octubre, el periodista Bigman -periodista independiente y director general de la Noticia Ciudadana y Maru Luján, directora general del Noticia al Punto, fueron víctimas de acoso judicial por la vía penal y criminalización por la fiscal de la unidad de investigación y litigación en delitos comunes de trámite de la Fiscalía General del Estado de Yucatán.

 

Bigman y Luján recibieron un oficio de dicha Fiscalía, firmado por Guadalupe Lorena Mendoza Canche, fiscal investigadora del ministerio público de la Unidad de investigación y litigación en delitos comunes de trámite en el que se solicita al director general de la Revista La Noticia Ciudadana, y a la directora de Noticias al Punto, que informen “quién autorizó que se suba la información relativa a la nota periodística de fecha 02 de febrero del año 2020 denominada Revocan su jubilación “dorada” a ex funcionaria luego de investigaciones del subsistema estatal anticorrupción, así como que proporcione el nombre del periodista responsable”.

 

Lo anterior a partir de la denuncia que presentó Leticia Noemi del Socorro García Maldonado, ex subdirectora de SEDUMA (Secretaría del Medio Ambiente de Yucatán) en enero de 2020, contra quien resulte responsable de la nota periodística mencionada, misma que fue radicada en la carpeta de investigación 1/1624/2020.

 

De acuerdo con el oficio recibido por los periodistas, la denuncia se presentó contra una nota periodística, es decir, se presentó como represalia del ejercicio periodístico, en un tema que afecta a la administración pública y al resto de la población. La fiscalía admitió dicha denuncia y posteriormente solicitó a través del oficio previamente mencionado a la y el periodista información sobre quién es el o la autora y quién autorizó su difusión; Lo anterior es preocupante, ya que las autoridades ministeriales han facilitado la criminalización de los periodistas, sin considerar que cualquier persecución ministerial o judicial por la vía penal, atenta contra el derecho a la libertad de expresión tanto en sus dimensiones individual y colectivo.

 

Durante enero y febrero de 2020, Bigman recibió mensajes de la ex funcionaria denunciante, a través de Facebook, solicitando que la nota fuera eliminada, ya que, según García Maldonado, el medio La Noticia Ciudadana, “sigue sacando notas falsas y fotografías de mujeres honestas… es una pena que ustedes se presten a la violencia…”. Sin embargo, la nota en cuestión se basó en documentos públicos para mostrar posibles actos de corrupción, al señalar que la exfuncionaria percibía una pensión por el cargo que ostentaba, misma que se suspendió por irregularidades en su designación.

 

Asimismo, el 14 de julio de 2020, Maru Lujan dio a conocer a través de sus redes sociales que mientras se encontraba en la Ciudad de México para asistir a la conferencia matutina del presidente López Obrador, recibió una llamada desde Progreso, Yucatán, en la que le informaban que elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal tenían órdenes de privarla ilegalmente de la libertad. Esta información fue documentada también por organizaciones como Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC).

 

Derivado de ello, Luján fue incorporada al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Asimismo, Bigman fue incorporado desde el año 2017 a causa de las agresiones provenientes principalmente por personas servidoras públicas municipales y estatales en Yucatán.

 

ARTICLE 19 hace eco de preocupación por parte de Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, frente a la creciente criminalización la labor periodística, ya que genera mayor riesgo de sufrir una agresión como represalia a investigar temas de interés público, y también inhibe la difusión de dichos contenidos.

 

Las consecuencias de seguir procesos judiciales o ministeriales como represalia de la labor periodística implican cargas desproporcionadas a las y los periodistas, principalmente cuando las contrapartes son personas funcionarias públicas o personas con proyección pública.

 

Por lo anterior, ARTICLE 19 llama a la fiscalía general del estado de Yucatán desechar la denuncia por la nota publicada y omitir cualquier acto que criminalice e inhiba el ejercicio de libertad de expresión y que impida el ejercicio pleno del derecho a la información de la sociedad. Asimismo, se le insta a retomar los más altos estándares en la materia, cumpliendo con las obligaciones de respeto y protección de los derechos humanos.

 

También se hace un llamado expreso al Congreso de Yucatán para derogar de su legislación los tipos penales que son utilizados como herramientas de censura y que inhiben la libertad de expresión como los delitos de injurias y difamación regulados en el artículo 294 y relativos, en el Código Penal del Estado de Yucatán.

 

A su vez, se solicita al Mecanismo de Protección federal, del cual Bigman y Luján son personas beneficiarias, implementen las medidas de protección necesarias e idóneas para impedir que la criminalización u otras agresiones contra Bigman y Luján se siga reproduciendo.

 

Finalmente, se insta a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán para actuar conforme a sus facultades e iniciar la queja correspondiente por el acoso judicial ejercido contra la y el periodista en detrimento de su ejercicio de libertad de expresión.

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