¿Instancias internacionales?

Por Eduardo Macías Garrido

Hace unos días, Grupo Salinas del empresario Ricardo Salinas Pliego, dueño de Televisión Azteca, entre otras empresas, anunció que recurrirá a instancias internacionales para evitar el pago de 2 mil 636 millones de pesos de impuestos.

La empresa de don Ricardo promovió un amparo con el que pretendía evitar el pago del adeudo ante el SAT, correspondiente al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), derivado del ejercicio fiscal del 2006.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación le negó el amparo. Derivado de dicha resolución la empresa afirmó que los ministros se negaron a analizar el fondo del recurso y de esta manera violaron abiertamente su derecho humano de acceso a la justicia y debida defensa.

Por lo tanto, según la empresa, en pleno apego al Estado de Derecho, recurrirán a las instancias internacionales para así defender sus intereses.

Diría el señor presidente de la República a propósito de la foto de Emilio Lozoya en un famoso restaurante de la Ciudad de México, que podía ser legal pero no ético.  El no querer pagar un impuesto, como lo es el ISR, no solo no es ilegal sino inmoral.

Ahora resulta que le están denegando la justicia a Grupo Salinas y le violan sus derechos humanos. El Derecho Internacional reconoce a los Estados como sujetos únicos del mismo, estos son los creadores de las normas jurídicas internacionales, a través de los tratados, y son además sus principales destinatarios.

Incluso el individuo, en principio, no es sujeto inmediato de las normas del Derecho Internacional Público. Esto significa que no pueden exigir directamente sus derechos ante órgano o instancia internacional alguno.

A partir de la creciente humanización del derecho internacional, se da la situación excepcional para que el individuo tenga acceso directo a los órganos jurisdiccionales internacionales. Primero ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con sede en Washington y, en su caso, posteriormente, ante la Corte Interamericana con sede en San José de Costa Rica.

Los Estados como principales destinatarios del derecho internacional pueden dirimir sus diferencias mediante medios diplomáticos o jurídicos, entre estos últimos se encuentra el arbitraje y el procedimiento ante la Corte Internacional de Justicia, dependiente de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Resulta muy apretado por decir lo menos, que Grupo Salinas, es decir, una empresa, después de que en el derecho interno no le asistió la razón y se le negó el amparo correspondiente, obligándolo a pagar un impuesto que adeuda desde 2006, tenga la ocurrencia de acudir a instancias internacionales las cuales no son competentes para dirimir este tipo de diferendos.

No solamente no es legal, sino muy poco honesto, ético, el negarse a pagar un impuesto al que tienen obligación de cubrir todas las empresas y máxime cuando los órganos jurisdiccionales competentes no le dieron la razón.

El anunciar que acudirán a instancias internacionales es una ocurrencia por demás desesperada y ridícula. Los señores ministros de nuestro máximo órgano jurisdiccional debieron analizar, motivar y fundamentar su decisión.

Para nadie es sorpresa que Grupo Salinas y el gobierno actual han hecho negocios. Banco Azteca vendió a FONATUR un terreno de 179 hectáreas contiguo al aeropuerto de Cancún para construir un centro logístico para el tren Maya, por mil 300 millones de dólares, ocho veces el monto en que lo compró. En toda esa red de operaciones entre ambos, pudiera existir la compensación, pero al parecer entre ambos opera la ley del embudo.

Por cierto, hoy la Suprema Corte cuenta con una de las mejores internacionalistas que ha dado nuestro país, la ministra Loretta Ortiz Ahlf.

 

eduardomacg@icloud.com

@eduardo84888581

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