MARCO ANTONIO BARRERA
CANCÚN, Q. ROO.- Aunque desde hace cinco años fue declarado inconstitucional y en automático se otorga amparo al solicitante, el indebido cobro del Impuesto adicional para el Fomento Turístico, Desarrollo Integral de la Familia, Desarrollo Social y Promoción de la Cultura del municipio de Benito Juárez por fin dejará de aplicarse a futuro.
El pleno de magistrados del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito de Quintana Roo resolvió que el cobro del 10 por ciento extra con que se grava obligatoriamente a casi todos los derechos municipales transgrede el principio constitucional de proporcionalidad tributaria, al no existir congruencia entre el mecanismo impositivo que prevé y la capacidad contributiva del sujeto pasivo, por lo que se seguirá otorgando el manto protector a quien lo demande.
Al resolver el amparo en revisión 67/2020, los magistrados ordenaron al ayuntamiento desincorporar de su esfera jurídica el precepto de la norma declarada inconstitucional, para que en el futuro no les sea aplicada la disposición hasta en tanto sea reformada, resolvió la sentencia del Magistrado ponente Leonel Jesús Hidalgo avalada por unanimidad por Jorge Mercado Mejía (Presidente) y Selina Haydé Avante Juárez del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito.