AGENCIA SIM
Chetumal.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) votó de forma unánime por revocar el acuerdo del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), en el que le exigió a la coalición “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo” documentación adicional para comprobar la veracidad de sus candidaturas de acción afirmativa indígena y de discapacidad, tanto para ayuntamientos como para diputaciones locales.
Fue el pasado lunes en la madrugada cuando el Consejo General del Ieqroo rechazó varios de los certificados presentados por esta coalición para demostrar la adscripción indígena o la discapacidad de sus candidatos presentados como las respectivas acciones afirmativas, al señalar que estos documentos no provenían de las autoridades competentes (DIF o CRIM, en el caso de personas con discapacidad; un ejido o subdelegación, en el caso de indígenas).
Ante ello, Morena ingresó un Recurso de Apelación (con clave 066/2024) que fue atendido hoy en sesión por el pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo. En el proyecto aprobado por los magistrados, se determinó que las exigencias del Ieqroo eran “excesivas, irracionales o desproporcionadas”.
A raíz de esto, quedan sin efecto las previsiones exigidas por el Ieqroo, instancia que deberá considerar como válidos los documentos presentados por esta coalición, en lo que concierne a estos dos tipos de acción afirmativa.
El proyecto aprobado hizo suyo los argumentos presentados por Morena, en el que se indica que los candidatos de estas comunidades históricamente han estado en desventaja, por lo que la autoridad electoral no debiera imponerles esta carga excesiva para acreditar su situación.
QUEDÓ FIRME RESTO DEL ACUERDO
Entrevistado al respecto, Adrian Sauri Manzanilla, consejero del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), argumentó que, solo basándose en lo externado verbalmente por los magistrados, sin tener todavía la sentencia en sus manos, solo se deja sin efecto el acuerdo tomado el lunes en cuanto a las previsiones de acciones afirmativas para candidaturas indígenas y de personas con discapacidad.
Es decir, el acuerdo 81 quedó en firme en todas las demás observaciones, referidas a candidaturas de jóvenes, de adultos mayores y personas LGBT+, así como en los planes de trabajo que están obligados de presentar estos aspirantes.
Todas estas observaciones sí debieron ser subsanadas por esta coalición, que tenía plazo hasta hoy a las cuatro de la tarde para entregar la documentación pertinente.
En lo que concierne a las candidaturas indígenas y de personas con discapacidad, el Consejo General tendrá que revisar el sentido de la sentencia, una vez que sea notificado, pero se entiende que deberá aceptar la documentación presentada por la coalición en los términos que lo señala este fallo.
También deberá apegarse a las exigencias de paridad, que no fueron controvertidas.